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El Tribunal Supremo, la falta de transparencia y el desvío de poder.


El 10 de marzo pedimos explicaciones al Ministerio de Sanidad y poco más tarde a la Vicepresidencia del Gobierno, exigiendo la mínima y esencial información sobre las causas del estado de alarma. Nada contestaron. El 24 de marzo dimos entrada de una escrito de interposición de un procedimiento especial para la protección de derechos fundamentales ante el Tribunal Supremo. Gracias a este procedimiento, el 2 de abril se requirió al Gobierno para que entregase el expediente administrativo que precedía al decreto de alarma.
Pues bien, estamos acabando el mes de abril y nadie nos ha hecho llegar nada. Hemos denunciado la preclusión del plazo, el fraude procesal y el comportamiento de algunos funcionarios y nada.
Ese es el respeto que tiene este Gobierno y su Administración de Justicia con los ciudadanos.
Mientras la mayoría de los medios de comunicación apoyan las medidas del Gobierno y jalean y criminalizan a los “desobedientes”, lo cierto es que ninguno de ellos ha hecho el mínimo ejercicio de investigación, ni tienen ni un solo documento que justifique el estado de alarma.
Lo cierto es que además, a algunos se nos criminaliza y se nos llama antivacunas y terraplanistas, y se nos acusa de defender pseudociencias, cuando lo cierto es que la mayor parte de los medios de comunicación se han convertido en medios de propaganda de intereses políticos y económicos, sin el mínimo ejercicio de investigación y sin la mínima autocrítica.
¿Será porque viven de muchos favores del Gobierno? ¿Será por sus vínculos con instituciones “filantrópicas” como el Poynter Institute manejado y financiado por las élites más oscuras -El amigo de Sánchez Sr. Soros y compañía- y encargada de ejercer la censura más obscena jamás vista a través de engendros como la “Agencia EFE”, “Newtral S.L.” y la pseudoasociación “Maldita”?
¿Dónde están los documentos técnicos, científicos, jurídicos y económicos que justifican el estado de alarma? Yo no los tengo y los medios de comunicación tampoco. Los medios de comunicación que validan las informaciones del Gobierno y de la OMS sin hacer la mínima comprobación, se convierten en medios de propaganda, no de información.

El derecho de acceso a la información es un derecho fundamental reconocido a nivel internacional como tal. Debido a la naturaleza representativa de los gobiernos democráticos es un derecho esencial para promover la transparencia de las instituciones públicas y para fomentar la participación ciudadana en la toma de decisiones. Además las Administraciones Públicas se financian con fondos procedentes de los contribuyentes y su misión principal consiste en servir a los ciudadanos por lo que toda la información que generan y poseen pertenece a la ciudadanía. Pueden distinguirse dos aspectos en cuanto al derecho al acceso a la información: Transparencia proactiva como aquella obligación de los organismos públicos de publicar y dar a conocer la información sobre sus actividades, presupuestos y políticas;  y la Transparencia reactiva que es el derecho de los ciudadanos de solicitar a los funcionarios públicos cualquier tipo de información y el derecho a recibir una respuesta documentada y satisfactoria. "Las diferentes y numerosas menciones a este derecho coinciden en resaltar la creciente importancia que está cobrando, ya que el mismo supone una herramienta indispensable para adquirir aquellos conocimientos que permiten controlar la actuación de los gobiernos y prevenir y luchar contra la corrupción así como contrarrestar la violación de derechos. De estos preceptos se desprende que el derecho de acceso a la información debe ser destacado como un valor intrínseco al concepto de democracia.
En el ordenamiento jurídico español ya existen normas sectoriales que contienen obligaciones concretas de publicidad activa para determinados sujetos. En materia de contratos, nuestro país cuenta con un destacado nivel de transparencia. Sin embargo, esta regulación resulta insuficiente en la actualidad y no satisface las exigencias sociales del momento. Por ello, con la Ley de Transparencia se avanza y se profundiza en la configuración de obligaciones de publicidad activa que se entiende, han de vincular a un amplio número de sujetos entre los que se encuentran todas las entidades del sector público que, por su condición de perceptores de fondos públicos vienen obligadas a reforzar la transparencia de su actividad.

El Gobierno, las Administraciones y los Jueces, no solo no están poniendo a disposición de los ciudadanos la información necesaria para establecer un juicio de valor sobre el acierto o desacierto del estado de alarma perpetrado, sino que están actuando con negligente contumacia a la hora de impedir que la población reciba información veraz.
Han pasado casi 50 días desde que hicimos la primera petición de información oficial al Gobierno, y nada tenemos por el momento.
El 28 de abril a primera hora, hemos reclamado de nuevo el expediente administrativo a la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo y tienen dos días para hacer entrega. Ya sabemos qué políticos tenemos en este país y en unos días confirmaremos la categoría de los jueces que dicen defender la legalidad y a los ciudadanos en nombre del Rey.

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